miércoles, 26 de octubre de 2016
viernes, 7 de octubre de 2016
COMPENSACIÓN TRABAJOS DE SUPERIOR CATEGORÍA
Se ha puesto en conocimiento de esta Sección Sindical que a algunas y algunos de las trabajadoras y
trabajadores que realizan o han realizado trabajos de superior categoría se les
está compensando (mediante negociación
individual) con tiempo libre. Además, al tratarse de una negociación individual,
desconocemos si el tiempo compensado en
días y las condiciones para su disfrute son iguales para todas y todos.
Este tipo de actuaciones, que se
están haciendo a espaldas de las
Secciones Sindicales, a las que no se les ha informado ni pedido participación
para regular esta situación, son totalmente contrarias a la Ley Orgánica de
Libertad Sindical y al artículo 87.l de
nuestro Convenio Colectivo.
Por lo tanto reiteramos la
irregularidad y riesgo en este tipo de
decisiones unilaterales, que son contrarias a nuestro Convenio y a la
Negociación Colectiva.
En definitiva, no debemos olvidar
que LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA es la vía que se debe utilizar para todas las cuestiones de carácter laboral.
martes, 4 de octubre de 2016
Trabajos de Superior Categoría
Se ha puesto en conocimiento de esta Sección Sindical que se
están realizando trabajos de superior categoría al menos en los
siguientes servicios:
- Concejalía de Parques y Jardines.
- Concejalía de Cultura.
- Concejalía de Deportes.
Asimismo, se nos informa de que dichos
trabajos no se retribuyen, ni se reconocen para futuras promociones.
Estas actuaciones van en contra
no sólo de lo dispuesto en la normativa laboral, sino de lo dispuesto en el Convenio
Colectivo y de la Orden dada a través
del comunicado interno que con fecha 22
de junio de 2016 fue emitido por la
Directora de Recursos Humanos a todos
los departamentos de este Ayuntamiento, cuyo literal es el siguiente:
“Se pone en conocimiento de los Servicios y Departamentos
de este Ayuntamiento que, con efectos de 1 de junio de 2016, no se procederá
a autorizar y tramitar por esta
Concejalía de Recursos Humanos , ninguna solicitud de trabajos de superior
categoría dada la imposibilidad de proceder a su abono al no disponerse de la
preceptiva consignación presupuestaria”.
Consideramos que la realización
de estos trabajos supone una
precarización en las condiciones laborales de las empleadas y empleados de este
Ayuntamiento, así como un flagrante incumplimiento de nuestro Convenio Colectivo.
Entendemos que existe un abuso e
irregularidad por parte de los responsables de los referidos servicios al
instar o amparar la realización de estas
tareas y que debe ser corregido de forma inmediata por los responsables de
RRHH.
En este sentido pediremos a todas
las compañeras y compañeros que no
asuman la realización PRECARIA e INSEGURA, (dado que
requeriría una evaluación concreta del puesto de trabajo y sus riesgos), de estos trabajos de superior categoría que
patentizan de manera evidente el retroceso
y cercenación de nuestros derechos más elementales.
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