miércoles, 27 de diciembre de 2017

NUEVA SENTENCIA FUNCIONARIZACIÓN

Acaba el año con una nueva Sentencia favorable al proceso de Funcionarización del Ayuntamiento de Alcorcón.

La Sentencia 366/2017 de 21 de diciembre de 2017  del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 26 de Madrid, estima el recurso interpuesto por 41 trabajadores/as contra el Acuerdo 2/368 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón por el que se resuelve el procedimiento de revisión de oficio del Expediente de Funcionarización, anulando dicho Acuerdo por no ser conforme a Derecho.

Esta Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo ganada por los representados por D. Jacinto Jesús Lara Bonilla se une a la ya ganada en esta misma instancia y en el TSJM por el despacho de Gª Enterría y en el TSJM por Dª Rosa Glez. Rozas de CCOO.

Desde CCOO volvemos a instar al Equipo de Gobierno Municipal para que ejecute la sentencia definitivamente e  inicie el proceso para que toda la plantilla afectada recupere su derecho de mantener su condición de funcionario.






martes, 5 de diciembre de 2017

EJECUCIÓN DE SENTENCIA...¿PARA CUANDO?

COMUNICADO

Ha transcurrido más de un mes desde que el TSJM declarara la firmeza de la  Sentencia 465/2017  y el Equipo de Gobierno Municipal sigue sin ejecutarla, creando  una situación de incertidumbre e inseguridad jurídica a todas aquellas personas afectadas por el expediente de revisión de oficio de la funcionarización.

Situaciones como jubilaciones parciales, contratos de relevo, Adscripciones Provisionales, Comisiones de Servicio, pagos en las cuotas de la Seguridad Social y la Oferta de Empleo Público están seriamente afectadas en su legalidad.

Pese a no ejecutar la Sentencia, el Gobierno Municipal, que hace valer su firmeza en los Juzgados de lo Social pidiendo que no se celebren los juicios de reclamación de cantidad (trienios del grupo E y Premios a la eficacia y rendimiento) por ser los demandantes Personal Funcionario, pero, contradictoriamente se les sigue descontando de sus  nóminas la cuota de desempleo (lo que supone un 1,55% menos de salario cada mes).

El Equipo de Gobierno no sólo debe solucionar urgentemente estas situaciones sino que debe reparar las consecuencias y efectos perjudiciales que ha generado con la desfuncionarización.

Todo esto lo hemos  puesto de manifiesto al nuevo responsable de RRHH (el Director de Administración, nombrado temporalmente para sustituir  la baja de la Concejala de RRHH) y se ha comprometido  a mantener una reunión próximamente con los sindicatos.


Desde CCOO consideramos que los/as afectados/as por la desfuncionarización SON FUNCIONARIOS/AS y que como tales  deben impugnar o reclamar cualquier decisión o acto administrativo que sea contrario o se  oponga a tal condición.

miércoles, 29 de noviembre de 2017

LA OBSTINADA INTOLERANCIA DE  DAVID PÉREZ


Hoy se celebra el Pleno Municipal sin el Secretario General el cual llevaba prestando sus servicios en nuestro Ayuntamiento desde el año 2008 y al que el pasado 7 de noviembre cesó el Alcalde David Pérez, a golpe de “Decretazo”.

Una vez más el Alcalde  persigue sin tregua a cualquier persona que realice su trabajo respetando la legalidad y no  los intereses particulares del equipo de gobierno.

Más de 130 personas despedidas, más de 500 desfuncionarizadas, 1 Interventor municipal y 3 Interventoras-Delegadas también han renunciado a sus puestos de trabajo en este Ayuntamiento e incluso dos Concejalas de su Equipo de Gobierno han dimitido.

La Presidencia que el Señor Pérez ejerce en el Pleno Municipal es totalmente antidemocrática y autoritaria: interrumpe constantemente a los Concejales de la oposición en sus turnos de palabra, expulsa a las personas que asisten como público aunque no alteren el normal funcionamiento del Pleno e incluso retira la palabra durante una intervención concedida por él mismo.



Cualquier expresión contraria a su posición o punto de vista es reprimida y castigada por el Señor Pérez, difamando sin ningún pudor a personas y colectivos como mujeres, trabajadores, sindicalistas, otros regidores………


Desde CCOO queremos manifestar nuestro apoyo al Secretario, un trabajador más perseguido y acosado por el  Alcalde. Le deseamos mucha suerte en su nueva etapa y que continúe ejerciendo su labor con la misma independencia y profesionalidad con las que ha obrado hasta  ahora.

lunes, 20 de noviembre de 2017

EJECUCIÓN DE SENTENCIA


Las Secciones Sindicales de CC.OO y UGT  solicitamos al Alcalde de Alcorcón la ejecución de la Sentencia 465/2017 que ha sido declarada FIRME y que la haga extensible a todas las personas que fueron desfuncionarizadas tal y como reconoce el TSJM en el Auto de Aclaración que el propio Alcalde solicitó.






Confiamos plenamente en el acatamiento de esta resolución judicial por parte del Alcalde y su Equipo de Gobierno.

martes, 14 de noviembre de 2017


El TSJM declara FIRME la Sentencia a favor del Proceso de Funcionarización.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid nos notifica que la Sentencia de fecha 21 de julio de 2017, ganada por CCOO  y que declaraba la legalidad del proceso de funcionarización, anulando todos los actos administrativos realizados por el Alcalde David Pérez y su Equipo de Gobierno contra el referido proceso, es FIRME, al haber transcurrido el plazo de 30 días para preparar recurso de casación contra la misma, sin que conste presentado  el mismo.

La sentencia de CCOO era extensible a todos los trabajadores y trabajadoras afectados tal como determinó el TSJM en el Auto de Aclaración.

      Por lo que, El Alcalde y su Gobierno Municipal deben CUMPLIR Y ACATAR inmediatamente la Sentencia y aprobar una nueva RPT para restaurar la condición de funcionarios a los puestos de trabajo ilegalmente desfuncionarizados.



CCOO solicitará una reunión extraordinaria al Equipo de Gobierno para abordar la aplicación de la Sentencia y las soluciones a situaciones singulares que se han provocado por la negligencia y mala actuación del Gobierno Municipal.

Igualmente, recordamos la necesidad urgente de recuperar los puestos de trabajo eliminados tras el despido de casi 150 personas, para que funcionen adecuadamente los servicios municipales.

jueves, 26 de octubre de 2017

NUEVO PLENO MUNICIPAL "BOCHORNOSO"

La intervención de la Presidenta de la Junta de Personal que todos los vecinos y vecinas de Alcorcón deberían haber escuchado....."REALIDAD"


..... y la intervención que el Alcalde "DICTATORIAL" de Alcorcón permitió, con su censura, a la representante de toda la Plantilla Municipal....."FICCIÓN"



martes, 10 de octubre de 2017

CONCEJALÓMETRO

Otoño con "altas temperaturas" en el Equipo de Gobierno. 




jueves, 5 de octubre de 2017


OTRA SENTENCIA GANADA POR CCOO EN EL TSJM

CCOO vuelve a ganar una sentencia en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En esta ocasión es por una reclamación de cantidad ganada por una compañera en el Juzgado de Lo Social de Móstoles. El Ayuntamiento la recurrió y el TSJM corrobora la sentencia de primera instancia a favor de la compañera.

El recurso presentado por el Ayuntamiento ha costado en su totalidad el doble de la cantidad que debe abonar a la trabajadora. La línea de empecinamiento en la presentación de recursos de las sentencias perdidas parece ser que es de aplicación NO SOLAMENTE a los procesos de desfuncionarización, sino a la totalidad de juicios perdidos, que, por cierto, son muchos.

Parece ser que tanto al Alcalde como a su Equipo de Gobierno no les importa el dinero que gastan en estos menesteres, dinero que, por cierto, corre a cuenta de l@s ciudadan@s de Alcorcón.

Esto resulta, como poco, contradictorio, con la línea de ahorro que aplican en otras necesidades como son la instalación de persianas o cortinas que se necesitan en el Ayuntamiento.

La solución que el  Equipo de Gobierno  da a este problema es la instalación de pliegos de papel con escaleras que no cumplen los requisitos para ser utilizadas. Tarea que encomienda a sus trabajador@s y  cuya consecuencia ha sido el accidente de trabajo GRAVE sufrido por una compañera que cayó desde 3 metros de altura.

Desde la sección enviamos todo nuestro apoyo a la compañera y le deseamos una pronta recuperación de la operación realizada a consecuencia de la brutal caída.

Nuestra Sección Sindical ya ha emprendido las acciones de denuncia  pertinentes ante la Inspección de Trabajo por este accidente laboral.


Imaginamos que la moda emprendida por el Alcalde y su Equipo de Gobierno será la de seguir recurriendo hasta el infinito y más allá como está ocurriendo con el procedimiento de desfuncionarización en el que lleva gastado mucho dinero que bien podría ser destinado  a ayudas a las familias con necesidades del municipio, ya que  el coste diario de esta obcecación suponen 3000€ diarios a l@s vecin@s.

martes, 26 de septiembre de 2017

OTRO REGALITO MÁS...

COMUNICADO SOBRE EL AUTO ACLARATORIO DEL TSJM SOBRE LA SENTENCIA QUE ESTIMÓ EL RECURSO PRESENTADO POR EL SINDICATO CCOO QUE DETERMINA LA LEGALIDAD DEL PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN.


Como el Alcalde y su Equipo de Gobierno no eran capaces de comprender la sentencia de fecha 21 de julio de 2017 por la que declaraba la legalidad del proceso de funcionarización y dejaba nulos y sin efectos todos los actos de revisión  llevados a cabo respecto al proceso de 2011, el Alto Tribunal les aclara, de manera palmaria y cristalina y sin ningún tipo de dudas que:

  • Su sentencia afecta a TODOS LOS DESFUNCIONARIZADOS, mandando reponerles en la situación que se hallaban antes de los acuerdos aprobados por el Alcalde y su Equipo de Gobierno.


  • Es más, el TSJM aprecia y así lo recoge en su sentencia (fundamento cuatro) “CIERTA TEMERIDAD EN LAS PRETENSIONES DE ESTE GOBIERNO MUNICIPAL”




¿A qué espera el Alcalde y el Equipo de Gobierno para cumplir la sentencia?

¿Cómo son capaces de exigir a otros responsables políticos que se sometan al estado de derecho y cumplan la legalidad y las sentencias cuando ellos son incapaces de hacerlo?


CUMPLA Y DIMITA!!!!!!
  

viernes, 22 de septiembre de 2017

ACCIDENTE EN EL AYUNTAMIENTO



Ayer se produjo un accidente de una trabajadora de mantenimiento en el edificio del ayuntamiento. La compañera, junto con otro compañero, estaban colocando unos papeles en las cristaleras de la planta baja a modo de cortinas, cada uno subido en una escalera a más de dos metros de altura.

En un momento dado, cuando los dos estaban en lo alto pegando el papel la escalera de la compañera se deslizó hacia atrás cayendo a plomo contra el suelo con ella encima, la escalera que estaba utilizando no tenía las gomas antideslizantes reglamentarias de las patas, una faltaba y la otra era una goma de cámara de neumático sujeta con unos alambres.

En la investigación que los delegados de prevención hemos realizado se han detectado varios incumplimientos en materia de prevención. No entendemos por qué este trabajo no se ha organizado con andamio en vez de con escalera, por la altura y por lo tedioso de la tarea, cuestiones que multiplican el riesgo de accidente; por descontado que no entendemos como algún responsable no había dado orden de tirar esa escalera a la basura o que se hubieran colocado las gomas necesarias y recordar que a más de dos metros de altura se deben realizar los trabajos con sujeción.

Por desgracia tienen que ocurrir los accidentes para que se tenga conciencia de cómo a veces los trabajadores desarrollamos nuestro trabajo y para que los responsables solucionen los problemas.

Recordaros a toda la plantilla municipal que cualquier trabajo que nos manden realizar si entendemos que corremos un riesgo para la salud, bien por el lugar donde estemos, o por no tener los EPIS necesarios, o porque las máquinas o herramientas que tengamos que utilizar no estén en debidas condiciones; simplemente tenemos que decir que NO VAMOS A RELIZAR LA TAREA HASTA QUE NO TENGAMOS TODAS ESTAS CONDICIONES EN PERFECTO ESTADO. 

Podéis llamarnos a los delegados de prevención cuando estéis en el tajo si no tenéis muy claro si vuestra salud corre peligro, al teléfono de la sección 91 612 91 27, 669 180 151, 652 224 457
 
Deseamos que nuestra compañera se reponga lo antes posible y la enviamos un fuerte abrazo.

jueves, 14 de septiembre de 2017

JORNADA FORMATIVA PARA POLICÍAS LOCALES.

El próximo día 20 de septiembre se realizará la Jornada Formativa "Policías Locales, atención integral para los delitos de odio al colectivo LGTBI", organizada por la Sección Sindical de CCOO del Ayuntamiento de Alcorcón e IMEPE donde contaremos con la participación de personas expertas de Arcópoli, Gaylespol y de la Policía Municipal de Madrid.

Dirigida a Policías Locales y a otros miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se abordará en ella la atención policial a la diversidad y los delitos de odio.

Con la supresión de la Academia de Policía de la Comunidad de Madrid en el año 2013 por parte del Gobierno Regional y al no haberse desarrollado un plan de formación específico que atienda las funciones y peculiaridades de este colectivo se ha visto mermada notablemente la calidad demandada por los ciudadanos.                                    

La falta de preparación de los agentes y mandos policiales hace que muchas veces se tienda a minimizar la gravedad de los casos que llegan a su conocimiento y conlleva, asimismo, una insuficiente e inadecuada atención a las víctimas por lo que es imprescindible dotarles de la formación necesaria para identificar en primer lugar los incidentes discriminatorios y de odio y, posteriormente, prestar un servicio de calidad a la víctima.


En esta Jornada, entre otros temas, se conocerán ejemplos como el desarrollado por la Policía Municipal de Madrid, donde existe una “Unidad de Gestión de la Diversidad” que trabaja para integrar a las minorías, y de otra “Unidad contra los Delitos de Odio”, que adapta la función policial a las propias demandas de la ciudadanía potenciando éstas en asuntos de diversidad de género y raza, delitos de odio, convivencia y prevención, atención a la población vulnerable (menores y mayores) y violencia machista entre otros.


lunes, 11 de septiembre de 2017

CCOO DEMUESTRA QUE EL PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN FUE RIGUROSAMENTE LEGAL Y ACABA CON LAS MENTIRAS DE DAVID PÉREZ.


Una nueva sentencia del TSJ de Madrid da la razón a CCOO y a los trabajadores del Ayuntamiento de Alcorcón sobre el proceso de funcionarización llevado a cabo en 2011 siendo absolutamente legal y válido.

La sala de lo contencioso administrativo del TSJ de Madrid ha estimado el recurso presentado por CCOO. De nuevo el tribunal reprocha la falta de legalidad al proceso emprendido por David Pérez contra l@s trabajador@s municipales y su condición de funcionario de carrera.

De forma contundente, la sentencia deja sin efecto todos los actos que anulaban la relación de puestos de trabajo, las bases de las oposiciones y los nombramientos. Y además, determina que afecta al conjunto de funcionari@s a los que David Pérez quitó la condición de funcionarios de carrera.

Desde CCOO manifestamos nuestra satisfacción al conseguir que los tribunales nos den la razón tras cinco años de lucha contra acciones arbitrarias y contrarias a la legalidad del Gobierno Municipal del PP.

No obstante, sigue siendo imprescindible la reversión de los más de 150 despidos que también llevó a cabo el PP en el Ayto. de Alcorcón en la pasada legislatura, llevando los servicios públicos a una situación de emergencia y afectando a 150 familias trabajadoras.

Por último, exigimos a David Pérez que pida disculpas públicas al conjunto de la plantilla, que ejecute inmediatamente la sentencia y que ante este nuevo fracaso de su gestión dimita como Alcalde de Alcorcón asumiendo su responsabilidad política y legal.



jueves, 7 de septiembre de 2017

SOLICITUD DE COMISIÓN PARITARIA

Las Secciones Sindicales de CCOO y UGT hemos solicitado a la Concejalía de RR.HH la convocatoria de la Comisión Paritaria para tratar los siguientes puntos:


* Incumplimiento de la subida salarial del 1% correspondiente al año 2017 (art. 50 Convenio Colectivo y Ley 3/2017 de 27 de junio de Presupuestos Generales del Estado).


* Incumplimiento del sistema de Provisión de Puestos de Trabajo (art. 26 y 32 Convenio Colectivo).


* Incumplimiento en el pago de las jornadas especiales de tarde y fines de semana de las Concejalías de Deportes y PPJJ.


martes, 5 de septiembre de 2017

INCUMPLIMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO DE PROVISIÓN DE VACANTES

Una vez más, el equipo de gobierno municipal tiene la intención de cubrir una plaza vacante hasta Oferta de Empleo Público de conserje para la Concejalía de Servicios Sociales con personal externo, en lugar de dar la posibilidad a la plantilla municipal de ocupar este puesto mediante concurso de traslado o, en todo caso, como adscripción provisional, contraviniendo lo que recoge el actual Convenio Colectivo.

En esta ocasión la plaza a cubrir tiene horario de turno de mañana y nos consta  que algunos conserjes tienen interés y  necesidad de acceder a este turno para poder conciliar su vida laboral y familiar. Por otra parte, también hay compañer@s de otras categorías que  estarían interesad@s en promocionar a la misma, por lo que recomendamos que soliciten el puesto todas aquellas personas que estén interesadas  en él.

El colectivo de conserjes de este Ayuntamiento ve mermadas sus oportunidades de mejora de sus horarios y puestos debido a que  generalmente los cambios por motivos de salud de otr@s compañer@s son en puestos de conserjes.

Desde la secciones sindicales de CCOO y UGT hemos  pedido a la Concejalía de RRHH que se cubra tal y como se indica en nuestro Convenio Colectivo con personal municipal, pero parece ser que a la Concejalía le interesa que se cubra con personal externo.




No obstante, esperamos que reflexionen y acepten nuestra petición para que aquell@s compañer@s que estén interesad@s en ocupar un puesto de turno de mañana en esta Concejalía puedan conseguirlo con transparencia e igualdad.

viernes, 1 de septiembre de 2017

CONTINUO TRABAJANDO PERO SIGUEN SIN PAGARME

Como ya publicamos en este blog el 9 de Junio otra vez vuelve a suceder lo mismo a l@s trabajador@s con jornadas especiales de fines de semana que dejan de percibir los complementos correspondientes a estas jornadas.

Los argumentos esgrimidos desde las distintas concejalías implicadas son que estas cantidades deben de aprobarse en  JGL o que existen problemas de retraso en la Intervención Municipal.

Ahora ha ocurrido en la nómina del mes de Agosto de 2017 donde est@s trabajador@s no han cobrado la jornadas de fin de semana que han trabajado y que en algunos casos suponen una reducción de más de 300€ en la totalidad de su sueldo.

Otro año más esta Sección Sindical exige que de una vez por todas se busquen las soluciones oportunas para que esto no vuelva a ocurrir y para que l@s trabajador@s puedan hacer frente a sus necesidades económicas.


¿VOLVERA EL EQUIPO DE GOBIERNO MUNICIPAL A DEJAR SIN COBRAR OTROS 300€ A ÉSTOS TRABAJADORES EL PRÓXIMO MES DE SEPTIEMBRE?

¿CUAL SERA LA SOLUCION QUE SE DARA A EST@S TRABAJADOR@S SI NO PUEDEN HACER FRENTE A LOS LIBROS, LOS GASTOS ESCOLARES Y OTROS GASTOS PARA LOS CUALES CONTABAN CON ESTE DINERO?

jueves, 20 de julio de 2017

LOS TRABAJADORES/AS DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN EXIGIMOS A DAVID PÉREZ UNA DISCULPA PÚBLICA POR EL TRATO RECIBIDO.



La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo  del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid en sentencia emitida pasado 7 de julio, ha fallado a favor de los trabajadores/as que ganaron en Primera instancia el recurso contra la desfuncionarización del Ayuntamiento de Alcorcón, haciendo suyas las argumentaciones y fundamentos de la sentencia del Juzgado nº 3 de lo Contencioso Administrativo.
A modo de resumen, pasamos a comentar los aspectos más reseñables de la sentencia.

1.      No existe motivo de Nulidad de la RPT de 2011:
La Administración, dentro de su potestad de autoorganización, establecerá si determinadas funciones son cubiertas por empleados públicos funcionarios de carrera o por personal laboral. No se dan las causas establecidas en el artículo 62.1 y 2 de la LPA para una revisión de oficio.

2.      No existen motivos de nulidad de las Bases Generales por haber empleado un proceso restringido:
Este tipo de procesos de carácter excepcional han sido admitidos tanto por el Tribunal Superior como por el Tribunal Contencioso estableciendo……. “…. que no nos encontramos ante un ingreso ni ante una promoción interna sino ante un proceso especialmente previsto y regulado por el legislador”...”que no puede calificarse de una forma indebida de acceso al empleo público en los que hayan sido obviados los principios de igualdad, mérito y capacidad”.

3.      No existe Nulidad complementaria de las Bases Generales por no figurar la plaza en la RPT anterior al EBEP:
El Dictamen del Consejo Consultivo acoge una interpretación restrictiva y considera que deben ser plazas que figurasen a la entrada en vigor del EBEP como correspondientes a funcionarios de carrera, cuando en realidad la Disposición Transitoria 2ª del EBEP no habla de puestos, sino de funciones.
Según el TS “…. es suficiente la reserva llevada a cabo mediante una modificación de la RPT aprobada a la vez que la realización del proceso selectivo, bastando con que estuviera aprobada al realizarse la convocatoria…”

4.      No existe Nulidad de Bases Especificas ni del Concurso-Oposición:
Las bases específicas se remitían a las generales, que establecían la condición de personal laboral fijo para participar en el proceso. Existió un verdadero proceso selectivo y no una ficción, el proceso tenía la singularidad de unos ejercicios que se correspondía con la singularidad de las plazas. El Ayuntamiento sin duda conoce o puede conocer el detalle del desarrollo del proceso, pues no era precisamente ajeno al mismo, sino su organizador. Nunca es posible justificar una declaración de nulidad en hipótesis, y menos aun cuando es la Administración quien tiene a su alcance los medios para comprobar si esta hipótesis se ajusta a la realidad.

5.      Sobre la Nulidad de los Nombramientos:
Al haber considerado que tanto la RPT como las bases generales y específicas no pueden ser declaradas nulas ex artículo 102 LPA, ello determina que tampoco sean nulos los nombramientos que traen causa de aquellas.
La sentencia de instancia deja sin efecto la nulidad de los nombramientos de los aquí demandantes y del resto del personal laboral funcionarizado, en base al principio de equidad del artículo 106 de la LPA.
Para CCOO y UGT, este hecho demuestra que el alcalde David Pérez y su equipo de gobierno iniciaron una campaña de destrucción hacia el empleo estable en el Ayuntamiento de Alcorcón, primero despidiendo a más de 150 trabajadoras/es interinos y después persiguiendo al resto de trabajadores/as fijos funcionarizados. No está de más recordar las continuas campañas de desprestigio hacia trabajadores/as y sindicatos, intentando siempre poner en tela de juicio cuantas acciones se hayan realizado sobre este particular. Frases como “un puñado de privilegiados que bien que se han aprovechado durante años de nuestra querida ciudad”, “la casta socialista hizo a 25 sindicalistas y sus familias funcionarios para toda la vida” o “cortar de raíz las mamandurrias, derroches y abusos del espectro sindical….” que todavía retumban en la memoria de los trabajadores/as, no hacen sino demostrar, visto el cariz que han tomado los acontecimientos, la falta de rigor y la inquina, absolutamente infundada, de David Pérez hacia gran parte de la plantilla municipal y sus representantes. Con esta sentencia, la justicia demuestra que David Pérez realizó una campaña de acoso y derribo hacia los trabajadores/as sin ninguna justificación, por lo que desde CCOO y UGT exigimos:

1º.- Una rectificación y disculpas públicas, en los mismos espacios y medios donde se han realizado, por los insultos y acusaciones veladas lanzados contra las trabajadoras/es desfuncionarizados, tanto por el Alcalde de Alcorcón, David Pérez, como de todos y cada uno de los miembros de la Junta de Gobierno Local que apoyaron tal despropósito como fue el procedimiento de revisión de oficio del proceso de funcionarización del Ayuntamiento de Alcorcón. 

En caso de no producirse tal rectificación, solicitaremos la inmediata dimisión del Alcalde David Pérez, así como de los miembros de la JGL referenciados.

2º.- La inmediata ejecución de la sentencia para todos/as los trabajadoras/es desfuncionarizados, restituyéndoles a la situación de funcionarios de carrera.

3º.- La regulación ante la Tesorería de la Seguridad Social de las cantidades indebidamente descontadas desde la ejecución de la desfuncionarización, incluidas las aplicadas con carácter retroactivo desde el año 2011.

Alcorcón, 20 de julio de 2017