miércoles, 7 de junio de 2017

LA SEGURIDAD SOCIAL RECONOCE EL DERECHO A COMPENSAR LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO PARA AQUELLAS PERSONAS QUE SON CITADAS PARA CONTROL POR LAS MUTUAS.



Ya con fecha 21 de Abril de 2009 se publica en el BOE una Orden TIN/971/2009 por la que se establece la compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas, pero la mayoría de las Mutuas se han venido negando a pagarlos alegando que dicha Orden precisaba un desarrollo normativo adicional. 


Con el objetivo de corregir esta situación, desde CCOO (Pincha en este enlace para ver la información) hemos venido planteando desde hace tiempo diversas iniciativas en el marco del Consejo General del INSS y en respuesta a la última de estas iniciativas del sindicato, el órgano de la Seguridad Social competente ha emitido un informe en el que reconoce de forma expresa la obligación de las Mutuas y las Entidades Gestoras de compensar los gastos de desplazamiento ocasionados por los llamamientos a control en las prestaciones de IT por contingencias comunes.